Lunes, 22 Septiembre 2025

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Lunes, 22 Septiembre 2025 13:34

María Elena Pérez - Jaén presenta solicitud de juicio político contra Adán Augusto por vínculos con su ex Secretario narco

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María Elena Pérez - Jaén presenta solicitud de juicio político contra Adán Augusto por vínculos con su ex Secretario narco Especial

Este lunes, la ex diputada federal María Elena Pérez-Jaén Zermeño presentó una demanda de juicio político en la Cámara de Diputados en contra del senador Adán Augusto López Hernández, por presuntos actos y omisiones que favorecieron al crimen organizado durante su gestión como gobernador de Tabasco, de enero de 2019 a agosto de 2021.

 

A través de un comunicado y en su carácter de ciudadana, María Elena Pérez-Jaén explicó que al senador se le vincula, directamente, con Hernán Bermúdez Requena, alias “Comandante H”, señalado como líder del grupo criminal La Barredora, hoy bajo custodia, quien fue nombrado como secretario de Seguridad en su administración estatal y permaneció hasta inicios de 2024.

 

"Estoy solicitando sanciones de destitución e inhabilitación de López Hernández hasta por 20 años, así como la apertura, de haberlos, de los procesos penales correspondientes", acotó.

 

En ese sentido, la diputada federal suplente sostuvo bajo la misma analogía de Adán Augusto López Hernández, es de notorio conocimiento que al ser él el superior jerárquico de su secretario de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) en su periodo como Gobernador de Tabasco, tenía conocimiento de las actividades ilícitas descritas a detalle en el apartado de hechos de este escrito del C. Hernán Bermúdez Requena.

 

Por ello, sentenció que lo anterior, implica la comisión de diversos delitos por el actual senador y coordinador del Grupo Parlamentario de MORENA en el Senado de la República, como son: tráfico de influencia, al actuar en su carácter de servidor público promoviendo o gestionando la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos ajenos a las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión, en su administración como gobernador de Tabasco, mismos que pudieron producirle (e incluso hasta la fecha) beneficios económicos o de cualquier otra índole; cohecho, al actuar en su carácter de servidor público solicitando o recibiendo ilícitamente para sí o para otro, dinero o cualquier beneficio, o incluso alguna promesa para hacer o dejar de realizar un acto propio de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; y encubrimiento, al haber tenido conocimiento de las actividades ilícitas realizadas por su entonces Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) en su periodo como gobernador de Tabasco, el C. Hernán Bermúdez Requena, y haber prestado auxilio o cooperación de cualquier especie al autor del delito, e incluso, haberlo ayudado a ocultarse, sin dar auxilio a las autoridades correspondientes para la investigación.

 

La también ex comisionada de transparencia apuntó que todo lo señalado se traduce en un grave incumplimiento de las responsabilidades primordiales de su encargo en el servicio público, redundando en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho, a través de la realización de infracciones a la Constitución o a las leyes federales causando perjuicios graves a la Federación, así como a los Estados de la misma, razón por la cual es procedente incoar el procedimiento de juicio político previsto en los artículos 109, fracción I, de la Carta Magna, 5º, 9º y demás aplicables de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a efecto de que, previo agotamiento de las formalidades necesarias, la Cámara de Diputados se erija en Órgano de Acusación, e inste a la Cámara de Senadores para que funja como Jurado de Sentencia, a efecto de que se impongan las sanciones a que haya lugar en los términos del párrafo tercero del artículo 110 de la Ley Fundamental de los mexicanos.

 

En este contexto añadió, la responsabilidad política se constituye cuando el servidor público, específicamente, aquel cuya función tiene trascendencia en el colectivo y por su evidente nivel jerárquico superior, en el ejercicio de sus actividades incurra en actos u omisiones graves que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho:

 

"Esta responsabilidad se determina mediante el Juicio Político, que consiste en un procedimiento desarrollado ante el Congreso Federal a partir de la denuncia de cualquier ciudadano, a través del cual se determina la responsabilidad de los servidores públicos en caso de que incurran en actos que redundan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho, destacando indefectiblemente la naturaleza esencial del juicio político, como un medio o instrumento del que puede hacer uso un órgano político respecto de actos que redunden en los intereses públicos fundamentales, como lo es la protección de los derechos humanos y la operatividad de las instituciones democráticas, o de su buen despacho, así como las infracciones a la Constitución y Leyes Federales, cuya tutela básicamente corresponde a los órganos legislativos federales, precisamente por la materia que regula"

 

Por úlitmo, Pérez-Jaén acusó que el hoy denunciado incurrió en actos u omisiones que redundaron en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho, y desplegó un actuar que no correspondía con las responsabilidades de su cargo, lo que lejos de contribuir al fortalecimiento de las instituciones democráticas, atenta contra las mismas.

 

"Como consecuencia de lo anterior, resulta necesario y pertinente que se apliquen las hipótesis correspondientes a efecto de que dicho servidor público asuma las responsabilidades administrativas, políticas y, en su caso, penales", finalizó.

Redacción

Carlos Torres Flores

Periodismo , músico, emprendedor, escribo a ratos, , amo Puebla, creador de  y , fan de los Simpson.

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